CATEQUESIS 2020-2021
CURSILLOS PREMATRIMONIALES 2021
El SACRAMENTO DEL MATRIMONIO
¿Qué hacer para casarme por la Iglesia?
MUY IMPORTANTE:
Toda la información que se ofrece en este apartado tiene sólo validez informativa. En ningún caso es vinculante para la tramitación de documentos para contraer matrimonio ya que según la normativa eclesiástica el párroco es el único competente para determinar los documentos que tiene que aportar cada pareja y dependiendo de la situación concreta de la misma.
La información se ofrece a título de orientación y con buena voluntad.
Antes de dar cualquier paso consulte ANTES con su párroco.
- Queremos casarnos por la Iglesia, ¿Qué tenemos que hacer?
Lo primero: los novios deben ir a una de sus parroquias (a la del novio o a la de la novia). Entérate cuándo el párroco tiene despacho y concertar una visita para informarse de lo que necesitan para realizar el expediente de matrimonio ("los papeles" como dice la gente).
- ¿Con cuánto tiempo de antelación tenemos que ir a ver al párroco?
Deben acudir con suficiente tiempo. Unos seis meses antes de la fecha prevista para la boda si los dos son de nuestra diócesis y viven en ella. Si uno de los dos es de otro lugar distinto de nuestra diócesis, es conveniente que acudan incluso con más antelación.
- ¿Qué es eso del "expediente matrimonial"?
Es lo que la gente llama "los papeles de la boda". Sin haber completado el expediente matrimonial una pareja no puede casarse por la Iglesia.
- ¿Qué documentos se necesitan para casarse por la Iglesia?
Cada párroco indicará según cada caso concreto qué documentos necesita para proceder a completar el expediente matrimonial de una pareja.
Tenga en cuenta que los documentos tienen que tener menos de seis meses desde la fecha de expedición del mismo hasta la fecha de la boda. Todos los documentos que se solicitan a organismos públicos o eclesiásticos que tengan más de seis meses antes de la fecha de la boda se tendrán que solicitar de nuevo al organismo correspondiente.
Los documentos básicos que se solicitan son:
- Partida de bautismo (el interesado la puede pedir en la parroquia donde se bautizó).
- Certificado de nacimiento (hay que pedirlo en el registro civil donde nació el interesado).
Y cualquier otro documento que el párroco crea conveniente. Recuerde que los documentos tienen una validez de 6 meses desde que se expide hasta la fecha de la boda.
Además hay que llevar a dos testigos, mayores de edad, con carnet de identidad y que conozcan desde hace tiempo a los novios. Cada párroco determinará si admite familiares o no.
- ¿Tenemos que hacer los cursillos prematrimoniales?
Sí. Para casarse por la Iglesia es obligatorio que los dos novios realicen previamente los cursillos prematrimoniales. Acuda a su párroco para más información.
- ¿Y si nos queremos casar en otra parroquia que no es la del novio ni la de la novia?
En principio no hay mayores problemas.
Tienen que ponerse en contacto con el párroco de la parroquia donde se quieren casar y solicitarle fecha concreta. Cada párroco de destino decidirá lo que crea conveniente. En nuestro caso, para las parejas que procedan de otras parroquias y no tengan ninguna vinculación con la nuestra, han de buscar un sacerdote para la ceremonia matrimonial. No obstante, se casen donde se casen el expediente de matrimonio siempre se tiene que hacer en la parroquia del novio o de la novia.
- ¿Después de casados cómo podemos obtener el libro de familia?
El mismo día de la boda la parroquia les entregará un certificado de celebración de matrimonio. Este certificado tienen que entregarlo en el registro civil del lugar donde se casaron y allí les darán el libro de familia. A la parroquia se devolverá una copia de la certificación, sellada por el registro civil.
Recuerde que toda la información que necesita se la ofrecerá gustosamente su párroco.
Del Directorio de la Iniciación Cristiana de la Diócesis de Segovia
«El Bautismo es el fundamento de toda la vida cristiana, el pórtico de la vida en el espíritu y la puerta que abre el acceso a los otros sacramentos.
Por el Bautismo somos liberados del pecado y regenerados como hijos de Dios, llegamos a ser miembros de Cristo y somos incorporados a la Iglesia y hechos partícipes de su misión».
El bautismo de niños.
La práctica de bautizar a los niños pequeños es una tradición inmemorial de la Iglesia.
No se debe negar la administración del sacramento, pero si no están debidamente preparados, debe indicarse a los padres la conveniencia o necesidad, según los casos, de un aplazamiento hasta que se
formen convenientemente.
«Para bautizar lícitamente a un niño, se requiere que den su consentimiento
los padres, o al menos uno de los dos, o quienes legítimamente hacen sus veces»
Es muy frecuente la petición del Bautismo para sus hijos por parte de padres que no cumplen habitualmente los preceptos de la Iglesia, sin que esto signifique un rechazo explícito de ella. Esta actitud es, las más de las veces, consecuencia de un ambiente descreído o religiosamente indiferente, de dejadez o falta de formación cristiana. En estos casos, el sacerdote, en el clima de un dialogo comprensivo, procurará despertar en esas personas su sentido de responsabilidad hasta que den una esperanza firme de que la educación cristiana de sus hijos quede asegurada.
Preparación
Para una adecuada preparación al Bautismo, se tendrá un cursillo prebautismal que, además del encuentro de acogida, tendrá como mínimo una duración de dos sesiones. En este cursillo es bueno partir de la alegría que han experimentado con el nacimiento del hijo.
Tiempo del bautismo
Si un niño se encuentra en peligro de muerte, se le bautizará sin demora. Los padres deberán ser instruidos para que, si fuese necesario, sepan ellos mismos administrar debidamente el Bautismo de
urgencia.
Para manifestar la índole pascual del Bautismo, se recomienda la celebración del sacramento en la Vigilia Pascual o dentro del marco litúrgico del Domingo, día en que la Iglesia conmemora la Resurrección del Señor. En las parroquias con núcleos de población numerosa, es bueno fijar días concretos para la administración del sacramento.
«Por ser la Cuaresma un tiempo de preparación al Bautismo de los catecúmenos y de renovación de la conciencia bautismal de los fieles, parece oportuno que durante la misma no se celebre dicho sacramento, precisamente para que la Vigilia Pascual y el día de la Resurrección aparezcan como el ‘día bautismal’ por excelencia».
Lugar de bautismo
Como norma general, los niños deben bautizarse en la iglesia parroquial de sus padres. La celebración del Bautismo en el templo parroquial o en la catedral significa más claramente la vinculación a la Iglesia particular y, mediante ésta, a la Iglesia universal.
Ningún párroco debe prestarse a bautizar en su parroquia a quienes no tienen o no van a tener en fecha próxima ya fijada alguna clase de residencia en el territorio parroquial. En este caso, los padres han de presentar testimonio escrito del párroco propio en el que conste su conformidad y si se ha dado la adecuada preparación.
Deberes y funciones de los padres en el Bautismo de sus hijos
Por la naturaleza de las cosas, el ministerio y funciones de los padres en el Bautismo de los niños son superiores al ministerio y funciones de los padrinos. Por esta razón, se les debe hacer notar el papel activo que tienen en la celebración del sacramento, que se expresa, sobre todo, cuando ellos piden públicamente que su hijo sea bautizado y cuando, llevándolo en brazos a la fuente bautismal, hacen las renuncias y proclaman en voz alta la profesión de la fe trinitaria.
Es tarea del párroco, ayudado por miembros competentes de la comunidad parroquial, prestar a los padres la ayuda necesaria para que éstos se preparen a la celebración bautismal, reanimando el conocimiento de la fe que profesan e instruyéndolos a fin de que, una vez celebrado el sacramento, puedan y sepan despertar la fe de los neófitos, desde su primera infancia, abriendo sus mentes y afectos al itinerario de la fe que habrán de seguir durante toda su vida. Es necesario, por tanto, que en la parroquia, se tengan habitualmente cursos de formación en la fe y se disponga de libros, folletos, hojas, etc. que sirvan para renovar y alentar los compromisos bautismales.
Será conveniente contar con unos impresos, en los que los padres, por escrito, pidan formalmente el Bautismo de sus hijos y se comprometan a educarlos en la fe.
Los padrinos
Si bien la presencia y la participación activa de los padres en la preparación y celebración del Bautismo tiene la máxima relevancia, la intervención de los padrinos sigue siendo requerida, dado que, en el tiempo actual, su colaboración en la educación cristiana de los niños tiene su importancia y, a veces, es absolutamente necesaria.
«Cada niño puede tener padrino y madrina, o solamente padrino o madrina»
.
Los padrinos han de ser personas con fe y de vida cristiana, y que «hayan cumplido dieciséis años y estén confirmados». Con el fin de revalorizar la misión de los padrinos, los párrocos, cuando los padres hacen la petición del Bautismo para sus hijos, les explicarán la función de los padrinos en la formación cristiana de los bautizados y les ayudarán a elegir los más apropiados.
Los padrinos, al asumir el padrinazgo, deben conocer su deber de profesar, juntamente con los padres, la fe de la Iglesia en la cual es bautizado el niño y la obligación que contraen de cooperar en la transmisión de la fe a su ahijado e, incluso, de sustituir a los padres, si es preciso, en su responsabilidad de seguir al niño en el desarrollo y evolución de su fe.
Los padres, al elegir los padrinos, no se deben guiar sólo por razones de parentesco, amistad, vecindad o prestigio social sino, sobre todo, por el deseo sincero de asegurar a sus hijos la ayuda de unas personas que, por su edad, proximidad, formación cristiana, están capacitadas para influir, en su día, en la formación cristiana y eclesial de los bautizados.
Es necesario que el padrino elegido por la familia, reúna, a juicio de los pastores, las cualidades requeridas, entre otras: la madurez necesaria para cumplir su misión, haber cumplido dieciséis años, pertenecer a la Iglesia Católica, haber recibido los tres sacramentos de la Iniciación Cristiana y llevar una vida congruente con la fe y con la misión que va a asumir.
En nuestra parroquia de San Millán, como criterio general para la administración del sacramento del bautismo, serán: los primeros domingos de mes, a mediodía, y los terceros sábados de cada mes, por la tarde.